Colección Memoria de Hierro

Por la semana de cuarenta horas

Boletín de la Unión General de Trabajadores de España, octubre de 1932

En la última reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, celebrada en Ginebra en abril último, se adoptó la siguiente resolución del grupo obrero, apoyada por Johaux:

«Ante la persistencia de la crisis y las miserias que ella produce es preciso afirmar que los paliativos son insuficientes y que es necesario atenuar las calamidades resultantes de la depresión económica y del paro, a cuyo efecto importa atacar directamente sus causas.

»La prolongación del paro hace que no deba ser considerado solamente como un efecto de la crisis, sino como una causa de su agravación.

»El desequilibrio entre la producción, desmesuradamente aumentada, y la capacidad de consumo –ya muy insuficiente en los orígenes de la depresión y más reducida hoy día– condensa toda la política de reducción de salarios, por cuanto la experiencia demuestra que ella va en contra de las exigencias de la economía, al mismo tiempo que constituye una iniquidad.

»El medio más eficaz de restablecer el equilibrio destruido deber ser buscado en la reducción de las horas de trabajo. El aumento de la producción individual hace indispensable y urgente esta medida. Gracias a ella el ritmo de la producción podrá ser retraído al nivel de una capacidad de consumo provisionalmente limitada: las posibilidades de trabajo podrán ser repartidas de forma permanente entre un mayor número de obreros y los parados podrán ser incluidos en el proceso económico. Los obreros encontrarán en la reducción de la jornada una parte legítima en los progresos técnicos. En consecuencia, la Conferencia invita al Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo a estudiar, a los fines de adoptar en plazo breve, una reglamentación internacional estableciendo la semana legal de cuarenta horas en todos los países industriales».

El Consejo de Administración se proponía examinar el problema que en la proposición del grupo obrero se le encomienda en la reunión ordinaria que corresponde celebrar en Madrid a fines de octubre actual; pero el delegado gubernamental italiano pidió la convocatoria de una reunión extraordinaria del Consejo, petición que fue acogida favorablemente por el Comité director de la Oficina, y los días 21 y 22 del mes de septiembre el Consejo examinó ampliamente tan interesante propuesta.

Renunciamos a dar una síntesis de la discusión habida. La representación patronal, con excepción del delegado italiano, se resistió cuanto le fue posible a que la cuestión tuviera un final humano. Llevaron la voz cantante por el grupo los señores Oersted y Lambert Ribot. Pretendía el grupo patronal alargar las resoluciones que hubieran de adoptarse. A estos efectos, el señor Oersted, presentó la siguiente proposición:

«… someter los problemas planteados por la cuestión de la reducción de las horas de trabajo, que serán expuestos bajo todos sus aspectos en un informe del Bureau, al estudio de una reunión del Consejo de Administración que deberá ser convocada en Ginebra antes de finalizar el año 1932».

Esta proposición fue rechazada por trece votos contra seis. Con los patronos votó el delegado gubernamental inglés y se abstuvo el italiano del grupo patronal.

Rechazada ésta, el grupo patronal presentó varias enmiendas, algunas de las cuales fueron votadas y también desechadas.

El grupo obrero, y en su representación los compañeros Jouhaux, Mertens y Hayday, defendió la proposición del Sr. De Michelis, que dice así:

«El Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, requerido para pronunciarse sobre la proposición del delegado gubernamental italiano, tendente a que la Organización Internacional del Trabajo examine con urgencia el problema de la reducción de las horas de trabajo, conforme también a las resoluciones de la Comisión del Paro y a las de la XVI Conferencia:

»Reconociendo que la intervención del Bureau Internacional del Trabajo es indispensable y urgente no sólo en razón de la proximidad de la Conferencia Económica Mundial, sino también en atención a las consecuencias económicas y sociales que podrá tener un aumento seguro del paro, el Consejo decide:

»1º. Inscribir en el orden del día de la próxima sesión de la Conferencia la cuestión de la ‘reducción del horario de trabajo’, para llegar a uno o varios convenios o recomendaciones, aplicando el procedimiento de primera y segunda lectura en la misma sesión.

»2º. Someter los problemas técnicos, que serán expuestos en un informe al Bureau, al estudio de una conferencia tripartita que deberá ser convocada en enero de 1933, en Ginebra.

»3º. Someter las conclusiones de esta conferencia al Consejo de Administración del Bureau Internacional del Trabajo, en su reunión de enero, para que él examine la oportunidad de comunicarlas a la próxima Conferencia Económica Mundial y a los gobiernos, a fin de que ellas sirvan de guía para los acuerdos eventuales, bilaterales y plurilaterales en atención a la deliberación de la Conferencia de 1933.

»4º. Pedir al secretario general de la Sociedad de Naciones que haga lo necesario para convocar, a la mayor brevedad, el Comité Mixto del Paro de la Comisión de Estudios para la Unión Europea, a fin de que proceda al examen de las cuestiones ya tratadas en las sesiones precedentes, para que sean resueltas rápidamente con criterios de realización práctica; tomando en consideración, de manera particular, la cuestión de los trabajos públicos de interés internacional, propuestos por Albert Thomas.»

Votado por apartados, se obtuvo el resultado siguiente:

El párrafo segundo de la parte expositiva fue aprobado por 15 votos contra 5.

El apartado 1º se aprobó por unanimidad.

El 2º, por 14 votos contra 6.

El 3º, por 16 votos contra 6.

El 4º por 16 votos contra 3.

El Consejo de Administración se compone de doce delegados gubernamentales, seis patronales y seis obreros. Hubo, por tanto, varias abstenciones de delegados gubernamentales y del delegado patronal italiano.

Ni al votarse la totalidad se obtuvieron los 24 votos que hay en el Consejo, pues fue aprobada por 16 votos, contra 6 y 2 abstenciones. La delegación patronal –excluido el representante italiano– y el delegado gubernamental inglés fueron consecuentes con su criterio en todas las votaciones.

Como consecuencia de este acuerdo, en enero próximo se reunirá en Ginebra una conferencia extraordinaria, con representaciones de Gobiernos, de patronos y de obreros, a fin de preparar las conclusiones que han de servir de base para los convenios o recomendaciones que han de ser aprobados definitivamente en la Conferencia ordinaria del año próximo.

Wenceslao Carrillo Alonso-Forjador
(1889-1963)